10 de febrero de 2026
El Consejo de Ministros ha dado un paso definitivo este mes de febrero de 2026 para erradicar una de las prácticas más molestas y denunciadas por los usuarios: el acoso telefónico de las comercializadoras de energía. A través de un nuevo Reglamento de suministro y comercialización, el Ejecutivo ha prohibido de forma tajante las llamadas comerciales «a puerta fría» y la contratación telefónica de servicios de luz y gas, salvo que exista una petición expresa y previa por parte del ciudadano. Esta medida no solo busca devolver la tranquilidad a los hogares, sino también evitar las contrataciones fraudulentas o engañosas que a menudo se producían durante estas llamadas de alta presión comercial.
La nueva normativa introduce un régimen sancionador extremadamente severo para aquellas compañías que decidan ignorar la ley. Las infracciones relacionadas con el incumplimiento de estas obligaciones de protección al consumidor pasan a ser consideradas graves, con multas que pueden oscilar entre los 600.000 y los 6 millones de euros. Con este movimiento, la administración pretende enviar un mensaje claro a los grandes grupos energéticos: el derecho a la privacidad y a una información transparente está por encima de las cuotas de mercado. Además, el reglamento establece que cualquier cambio de suministrador deberá ser verificado por escrito, impidiendo que una simple conversación telefónica grabada, a menudo sacada de contexto, sirva para vincular a un cliente a un nuevo contrato.
Otro de los puntos clave de esta reforma de febrero es la agilización de los procesos de cambio de compañía y la eliminación de las trabas para abandonar el mercado libre. A partir de ahora, los hogares y pequeñas empresas con una potencia inferior a 15 kW podrán rescindir sus contratos en cualquier momento sin penalizaciones, siempre que hayan superado la primera prórroga anual del contrato a precio fijo. En caso de rescisión anticipada antes de ese año, la penalización queda limitada legalmente a un máximo del 5% de la energía pendiente de facturar, acabando así con las cláusulas abusivas que mantenían a los usuarios «secuestrados» en tarifas poco competitivas bajo la amenaza de multas desproporcionadas.
Esta ofensiva regulatoria también pone el foco en los consumidores más vulnerables. El nuevo decreto establece que quienes disfruten del Bono Social y deseen cambiarse al mercado libre deberán dejar constancia escrita de que conocen la pérdida de las ayudas que ello conlleva. Con esto se busca frenar las tácticas de algunas comercializadoras que, mediante ofertas confusas, conseguían que personas en situación de precariedad abandonaran la tarifa regulada (PVPC), perdiendo así descuentos vitales para su economía doméstica. En definitiva, 2026 marca un punto de inflexión donde la protección del consumidor frente al marketing agresivo se convierte en una prioridad real y sancionable.